A vueltas con el IBI
El 2 de Noviembre de 2011 se publicó en el B.C.O.M. un anuncio de este Ayuntamiento por el que se sometía a información pública la modificación de la Ordenanza Fiscal de Impuestos para el año 2012, y no encontrando que la reforma impositiva responda a unos mínimos criterios de racionalidad y oportunidad tributaria nuestro Grupo presentó las siguientes ALEGACIONES:
“En relación con el Impuesto de Bienes Inmuebles, el principal impuesto municipal que afecta a todos los propietarios de vivienda de nuestra ciudad, la reforma de la Ordenanza que se ha aprobado inicialmente plantea fijar el tipo impositivo en el 0,53 (a aplicar sobre el valor catastral). Esto, unido a la actualización progresiva del valor catastral de los inmuebles supone mantener niveles impositivos, muy superiores a lo existentes antes de la última revisión del mismo.
Este Grupo ha defendido una política presupuestaria del Ayuntamiento basada en la reducción de los tipos del IBI y al mismo tiempo en un recorte drástico de gastos, sobre todo de grandes contratos, sobredimensionados.
La mayoría absoluta del Equipo de gobierno nos impone una reducción menos ambiciosa del tipo del IBI, al no disminuir en forma importante los gastos y es por ello y por la bajada de los valores reales de los inmuebles, por lo que debemos insistir en intervenir sobre el incremento del valor catastral. Estimamos que a día de hoy el valor catastral no refleja correctamente la situación real del mercado. Esta disfunción provoca que los propietarios tengan que afrontar una presión fiscal superior a la que realmente le correspondería, no solo en lo concerniente a Impuesto sobre Bienes Inmuebles, sino también en otro tipo de tributos que tienen como base impositiva el valor catastral del inmueble.
En la normativa vigente, existen mecanismos para corregir las posibles desviaciones entre el valor de mercado y los valores catastrales. Específicamente se prevé la posibilidad de solicitar esta revisión, en el caso de que exista una clara alteración de los valores de mercado. En el caso concreto de la Comunidad de Madrid esta disminución del valor real de mercado de los inmuebles, se sitúa en el 23,7 % según datos del Índice de Precios de la Vivienda, que elabora el INE, correspondiente a periodo que va del año 2007 al segundo trimestre del 2011.
La iniciativa para solicitar al organismo competente, en este caso el misterio de Economía y Hacienda, corresponde según esa misma legislación al Alcalde-Presidente”.
Por lo que hemos solicitado que se estudie a la baja el tipo del IBI, ligado a una reconsideración de las grandes partidas de gastos, y al mismo tiempo, que el Alcalde inste al Ministerio de Economía y Hacienda, a la revisión del valor catastral de los inmuebles, tal y como se prevé en el Art 28.2 del Real Decreto legislativo de 5 de Marzo de 2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, con el fin de que éste se adecue a la disminución del valor real de mercado. Esperamos conseguirlo.
Como se avecinan las fiestas navideñas desde aquí deseamos lo mejor para todos nuestros vecinos.