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2006:  
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28 de Marzo

Moción sobre los plazos de las obras

La experiencia, en la Comisión de Vigilancia de la Contratación, nos ha puesto de manifiesto que bastantes obras se han adjudicado no en función del precio o la calidad técnica, sino basándose en una supuesta reducción de los plazos de ejecución sobre los establecidos, se supone que fundamentadamente, por los técnicos municipales.

Lógicamente, después el plazo ofertado se cumple o no se cumple, pero esa reducción sirve para obtener un contrato que al Ayuntamiento muchas veces le sale más caro, sin que un mes o veinte días tengan especial relevancia salvo, claro está, en las obras que por su naturaleza sean urgentes.

A la vista de lo anterior se presenta la siguiente

MOCION

Que una vez fijado el plazo de ejecución por los Servicios Técnicos en los Pliegos de Condiciones particulares que han de regir los Concursos de obras, se contemple la posibilidad de no incluir en los criterios de valoración la reducción del mismo siempre que la obra no resulte excepcionalmente urgente por naturaleza.

Asimismo que se realice un seguimiento riguroso del cumplimiento de los plazos, aplicando la penalización fijada en el Pliego en caso de demora por parte del contratista adjudicatario.

LA PORTAVOZ,

Fd. Mercedes Pedreira.

 

 

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